Reforma electoral de AMLO 1/2

Investigación de Saber Votar
El 28 de abril el presidente Andrés Manuel López Obrador por medio del secretario de Gobernación (Adán Augusto López Hernández) presento la iniciativa presidencial con carácter constitucional de reforma electoral.
La propuesta en su exposición de motivos señala diez puntos fundamentales que se resumen en contar con un nuevo sistema electoral, renovación y elección directa de autoridades jurisdiccionales y administrativas, eliminación de las autoridades electorales locales, reducción de integrantes del poder legislativo federal, local, así como de los de cabildos municipales. Suprimir el mecanismo de mayoría relativa y aumentar el de representación proporcional. Disminuir el financiamiento para partidos políticos y elecciones.
El siguiente estudio muestra la proyección de algunas de las propuestas presidenciales en caso de ser aprobada.
SISTEMA ELECTORAL
Cambio del nombre del Instituto Nacional Electoral a Instituto Nacional de Elecciones y Consultas.
De ser integrado por 11 personas pasaría a 7 personas. En lugar de ser nombrado por las dos terceras partes de los diputados federales (334 votos), serían electos por el voto popular de 60 propuestas provenientes del Poder Legislativo (20), Poder Judicial (20) y del Poder Ejecutivo (20)
Uno de los puntos centrales de está propuesta es que el INEC sería la única autoridad electoral, desapareciendo los 32 Organismos Públicos Locales (OPLES).
También se eliminan las juntas distritales (300 en todo el país), que tienen operadores de estructura, así como la estructura nacional operativa que se compone de 6 direcciones ejecutivas, 10 unidades técnicas y órganos delegaciones y de vigilancia de los 32 estados del país. Solo existirían órganos temporales y auxiliares en período electorales.
El candidato con más votos de la elección sería el consejero presidente del INEC.
En caso de falta absoluta de uno de los consejeros el sustituto será nombrado por la Cámara de Diputados.
Duración del cargo de consejero del INEC sería de 6 años sin posibilidad a reelección y de forma improrrogable.
El INEC organizaría la elección de sus propios consejeros, mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la calificación y validez del resultado de la misma.



En lo que respecta al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se mantendría su conformación de 7 integrantes.
El método de elección de sus miembros será también de forma popular, mediante la propuesta de 10 nombres dado por cada uno de los Poderes de la Unión.
La convocatoria de consejeros del INEC sería dada por la Cámara de Diputados y en el caso del TEPJF, el Senado de la República.
Al igual que en el caso de los OPLES, se eliminarían los 32 Tribunales Electorales Locales y su estructura operativa.
Duración del cargo de magistrado del TEPJF sería de 6 años sin posibilidad a reelección y de forma improrrogable.
El presidente de la Sala Superior del TEPJF será electo entre sus miembros por un periodo de 2 años.
En caso de falta absoluta de uno de los magistrados el sustituto será nombrado por la Cámara de Senadores.


